CAPÍTULO III. DE LA INSCRIPCIÓN
Art ículo 10°.- En caso de resultar admitido, el alumno deberá entregar la siguiente documentación.
I. Para todos los niveles y modalidades:
a) Solicitud de primer ingreso contestada
b) Original y dos copias del acta de nacimiento (con apostilla y traducción oficial en caso de ser extranjero)
c) Copia de la CURP
d) Original y dos copias de la resolución de revalidación SEP y en su caso apostille. (Sólo para estudios realizados en el extranjero)
e) Copia del documento vigente de legal estancia en el país (FM2, FM3 o FM9), en caso de ser extranjero
f) Opinión técnica de equivalencia elaborada y autorizada por la autoridad académica del Departamento responsable de administrar el programa académico a cursar y copia certificada de los programas de estudio de las asignaturas cursadas. (Sólo para alumnos con equivalencia)
g) Cuatro fotografías tamaño infantil.
h) Cubrir las cuotas correspondientes en tiempo y forma.
II. Para el nivel de licenciatura en cualquiera de sus modalidades
a) Cumplir con todos los requisitos señalados en la fracción I de este mismo artículo
b) Original y dos copias del certificado de estudios totales de bachillerato, o en su defecto, constancia oficial con calificaciones de estudios concluidos en la que se señale que el certificado oficial se encuentra en trámite y la fecha de probable entrega.
c) Original y dos copias del certificado parcial de la Universidad de procedencia, debidamente legalizado y copia certificada de los programas de estudio de las asignaturas cursadas. (Sólo para alumnos con equivalencia)
d) Presentar examen de ubicación del idioma inglés, si la modalidad y el plan de estudios del programa académico lo requiere.
III. Para el nivel de especialidad y maestría.
a) Cumplir con todos los requisitos señalados en la fracción I de este mismo artículo
b) Dos copias de título de licenciatura legalizado
c) Dos copias de la cédula profesional
d) Original y copia del certificado de estudios de licenciatura.
IV. Para el nivel de doctorado
a) Certificado original del grado de maestría.
b) Dos copias del grado de maestría
c) Dos copias de la cédula de maestría
Art ículo 11°.- El alumno condicionado por documentación deberá regularizarse durante el primer ciclo escolar; de lo contrario, causarán baja temporal para el segundo ciclo y podrá reingresar después de presentar la documentación faltante, siempre que no se incumpla lo dispuesto en el Capítulo VI ó VII de este Reglamento.
Art ículo 12°.- Las calificaciones obtenidas por el alumno en el primer ciclo se conservarán siempre y cuando la documentación entregada en forma extemporánea no implique invasión de ciclo.
Art ículo 13°.- Renuncia al derecho de inscripción el aspirante que no haya cubierto los requerimientos necesarios en las fechas establecidas.
Art ículo 14°.- Todo alumno recibirá de manera gratuita durante el primer ciclo escolar, previa solicitud por escrito, su credencial que lo identifica como alumno de nuestra Universidad, con vigencia igual a la duración de sus estudios, de acuerdo con el programa académico al que se encuentre inscrito.
En caso de que el alumno extienda el plazo en que curse su programa académico, podrá solicitar refrendo por ciclo escolar.
Art ículo 15°.- Si resultara falso cualquiera de los documentos oficiales entregados por el aspirante o alumno para cumplimentar lo estipulado en los artículos 9° y 10°, se procederá inmediatamente a la cancelación del trámite de admisión, de inscripción; o bien a la baja definitiva institucional del alumno.
En caso de que el documento falso sea el certificado o documento de estudios que sirve como antecedente académico, los estudios realizados por el alumno en esta Institución serán anulados.
En ningún caso se hará reembolso de los pagos realizados ni se expedirá documento alguno de estudios y los documentos que resulten apócrifos serán remitidos a las autoridades competentes.